domingo, 2 de agosto de 2026

Arrendamientos: sancionada no significa vigente

 Arrendamientos: sancionada no significa vigente



La Asamblea Nacional informó oficialmente que, en sesión ordinaria del viernes 31 de julio de 2026, sancionó la Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles Destinados a Vivienda. Ese es el hecho confirmado hasta ahora.


Es importante hacer una precisión jurídica y comunicacional: una ley sancionada por la Asamblea Nacional no debe presentarse automáticamente como una ley vigente. Para determinar su entrada en vigor hay que revisar el texto definitivo, su remisión al Ejecutivo Nacional, la promulgación y su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, además de cualquier disposición transitoria prevista por el propio instrumento.


La información oficial disponible señala que la norma busca actualizar el marco del sector inmobiliario, ofrecer seguridad jurídica a propietarios e inquilinos y estimular un mercado formal de alquileres equilibrado. Sin embargo, el articulado completo todavía no se encuentra disponible de forma verificable para confirmar todos sus alcances y efectos.


Por eso, propietarios, inquilinos, corredores, administradores e inversionistas debemos actuar con prudencia. No es recomendable modificar contratos, exigir nuevos requisitos, anunciar supuestos beneficios o interpretar cambios en los procedimientos sin contar con el texto oficial completo y la publicación correspondiente.


Entre los aspectos que deberán revisarse con especial atención están:


• El ámbito de aplicación de la ley.

• La forma de pactar el canon, la moneda y los ajustes.

• Los depósitos y garantías.

• La duración, renovación y terminación del contrato.

• Las obligaciones de mantenimiento y reparación.

• Los procedimientos para resolver incumplimientos.

• Las reglas sobre desalojo.

• La competencia de los tribunales y otros mecanismos de solución de controversias.

• El papel de los corredores y administradores inmobiliarios.

• Las sanciones.

• El régimen transitorio para los contratos ya firmados.


Para el propietario, la seguridad jurídica debe significar capacidad real de recuperar y proteger su inmueble cuando exista incumplimiento, sin desconocer el derecho constitucional a la vivienda.


Para el inquilino, debe traducirse en contratos claros, cánones previsibles, condiciones habitables y procedimientos con garantías.


Para el profesional inmobiliario, el reto será documentar mejor cada operación y evitar recomendaciones basadas únicamente en titulares o publicaciones de redes sociales.


Desde una perspectiva gremial, esta ley puede convertirse en una oportunidad para formalizar parte de la oferta de alquileres y recuperar la confianza en el mercado. Pero su éxito dependerá de que exista equilibrio entre protección social, respeto a la propiedad, procedimientos ágiles y reglas aplicables en la práctica.


Una norma bien intencionada, pero confusa o difícil de ejecutar, no resolverá el problema.


Mi recomendación práctica es sencilla: hasta que se publique el texto definitivo y se confirme su vigencia, mantenga los contratos actuales, cumpla las obligaciones pactadas y solicite revisión profesional antes de firmar cualquier modificación.


En materia arrendaticia, leer el artículo completo siempre será más seguro que interpretar una imagen de Instagram.


Seguimos atentos a la publicación oficial para analizar la norma con seriedad y sin alarmismo.


Ing. Régal Enrique Labrador Medina

Primer Vicepresidente de FEDECÁMARAS Táchira

Corredor Inmobiliario Certificado CIV N.° 3288

Desarrollador inmobiliario

Reconstrucción con criterio técnico: el compromiso gremial tras el sismo

 Reconstrucción con criterio técnico: el compromiso gremial tras el sismo




El pasado 24 de junio, Venezuela enfrentó un evento natural que nos recordó la vulnerabilidad de nuestra infraestructura y la importancia de la ingeniería sismorresistente.


Como Ingeniero Civil y Primer Vicepresidente de FEDECÁMARAS Táchira, he seguido de cerca la respuesta institucional. No se trata solamente de levantar paredes; se trata de reconstruir con transparencia, conocimiento técnico y una visión de futuro que integre al sector privado como motor fundamental.


Recientemente, FEDECÁMARAS aprobó la creación del Comité de Seguimiento y Recuperación Productiva. Esta instancia representa una herramienta estratégica para captar y canalizar recursos hacia las zonas más afectadas. Su enfoque en la transparencia, la supervisión y la rendición de cuentas resulta fundamental, porque en momentos de crisis la confianza es uno de los activos más importantes.


Desde el sector inmobiliario y de la construcción, el llamado es claro: no podemos permitir que la urgencia sustituya al conocimiento técnico.


Antes de reparar o demoler una estructura afectada, es fundamental realizar una inspección profesional y preservar la evidencia de los daños. Cada columna, viga, losa o muro que haya sufrido afectaciones puede aportar información valiosa para comprender lo ocurrido, mejorar nuestros procesos constructivos y evitar que los mismos errores se repitan.


El Colegio de Ingenieros de Venezuela y los profesionales especializados tienen un papel fundamental en la promoción de evaluaciones responsables, sustentadas en criterios técnicos y en la seguridad de las personas.


Pero la reconstrucción física tampoco puede avanzar sin recuperación económica. Necesitamos medidas que favorezcan la reinversión, la generación de empleo y la reactivación de comerciantes, constructores, empresarios y propietarios.


Un sistema tributario racional y coordinado puede convertirse en un estímulo para quienes desean reconstruir, invertir y apostar por el futuro de sus comunidades.


Como desarrollador inmobiliario, entiendo los desafíos que implica culminar una obra en el contexto actual. Sin embargo, mi compromiso se mantiene firme: promover proyectos que respondan a las necesidades de la gente y que sean ejecutados con planificación, responsabilidad y calidad.


La seguridad de las familias y la protección de su patrimonio no pueden ser negociables.


Recomendación práctica:


Si usted posee una propiedad con grietas o daños posteriores a un sismo, no realice reparaciones cosméticas únicamente con friso y pintura. Solicite primero una evaluación de un ingeniero civil calificado. Una inspección adecuada puede determinar si el daño es superficial o si compromete algún elemento estructural.


La reconstrucción debe hacerse con criterio, transparencia y responsabilidad.


Seguimos trabajando por el Táchira y por Venezuela. ¡Éxitos!


Ing. Régal Enrique Labrador Medina

Primer Vicepresidente de FEDECÁMARAS Táchira

Corredor Inmobiliario Certificado CIV N.° 3288

Desarrollador inmobiliario

Una visión construida desde la experiencia

 Una visión construida desde la experiencia


Durante más de dos décadas he estado vinculado al sector inmobiliario, empresarial y de la construcción en Venezuela.



Soy Ingeniero Civil y corredor inmobiliario certificado por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, con el N.° 3288. Mi formación inicial en Bienes Raíces comenzó en el año 2004 y, desde 2007, he ejercido de manera continua en esta actividad, acumulando experiencia en comercialización, negociación, inversión y desarrollo inmobiliario.


A lo largo de estos años también he tenido la oportunidad y la responsabilidad de servir al sector desde el ámbito gremial:


• Presidente de la Cámara Inmobiliaria del Táchira durante los períodos 2018-2021 y 2021-2024.

• Vicepresidente de Políticas y Prácticas Profesionales de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela durante el período 2022-2024.

• Actualmente, Primer Vicepresidente de FEDECÁMARAS Táchira.


Hoy vivo además la experiencia de ser desarrollador inmobiliario. Desde hace dos años estoy ejecutando un proyecto propio que integra apartamentos, locales comerciales y despachos profesionales. Actualmente se encuentra en su etapa final de construcción, con culminación prevista, a más tardar, para enero de 2027.


Esta trayectoria me ha permitido conocer el sector desde distintos ángulos: el técnico, el comercial, el gremial, el empresarial y el humano.


Porque un inmueble no es únicamente una estructura de concreto, un apartamento, un local, una oficina o un terreno. Es también una inversión, un patrimonio, una oportunidad de crecimiento y, muchas veces, el resultado del esfuerzo de toda una familia o de una empresa.


Por esa razón, a partir de hoy comenzaré a compartir análisis, reflexiones y recomendaciones sobre construcción, bienes raíces, inversión, desarrollo urbano, actividad empresarial y profesionalización del sector inmobiliario.


Lo haré desde la experiencia de quien ha ejercido el corretaje inmobiliario, ha ocupado responsabilidades gremiales y actualmente enfrenta, en primera persona, los retos de desarrollar un proyecto propio.


Mi propósito es aportar conocimiento, promover buenas prácticas y contribuir a que propietarios, compradores, inversionistas, empresarios y colegas tomen mejores decisiones.


También considero fundamental que nuestro sector avance hacia una mayor preparación, ética, transparencia y responsabilidad profesional. La confianza no se exige: se construye con conocimiento, cumplimiento y resultados.


El desarrollo inmobiliario requiere visión, planificación y perseverancia. Y el crecimiento de nuestras ciudades necesita profesionales, empresarios y gremios comprometidos con hacer las cosas cada vez mejor.


La experiencia tiene verdadero valor cuando se comparte.


Régal Enrique Labrador Medina

Ingeniero Civil

Corredor Inmobiliario CIV N.° 3288

Expresidente de la Cámara Inmobiliaria del Táchira

Exvicepresidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela

Primer Vicepresidente de FEDECÁMARAS Táchira

Desarrollador inmobiliario

lunes, 26 de julio de 2010

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